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ELECCIONES 2024

INSTRUCCIONES SOLICITUD VOTO POR CORREO


PROCEDIMIENTO PARA EJERCER EL VOTO POR CORREO
Elecciones 2024
 
1.-Solicitud del voto por correo a la Junta Electoral
El elector que desee emitir su voto por correo deberá formular solicitud dirigida a la Junta Electoral interesando su inclusión el Censo Especial de voto no presencial
 
Dicha solicitud deberá realizarse a partir del día siguiente al de la convocatoria de elecciones y hasta dos días después de la publicación del Censo Definitivo, en la forma prevista en el Reglamento Electoral.
 
2.-Recogida, curso y entrega de la documentación electoral
La Junta Electoral enviará al solicitante el certificado original de su inclusión en el Censo Especial de voto no presencial, las papeletas y sobres oficiales (sobre de votación y sobre de mayor tamaño para la remisión del voto por correo), así como una relación definitiva de todas las candidaturas presentadas ordenada alfabéticamente.
Se remitirá por carta certificada esta documentación a los solicitantes del voto por correo. Se entregará en el domicilio designado por el interesado.
 
3.- Admisión, curso y entrega de los sobres para la remisión del voto por correo
El elector o la persona física designada por los Clubes para realizar los trámites relativos al voto por correo, podrá emitir el voto por correo acudiendo personalmente a cualquier oficina informatizada de CORREOS durante el horario de atención al público, exhibiendo ante el empleado de Correos encargado de la admisión del envío, el certificado original que le autoriza a emitir el voto por correo, así como ejemplar original de su DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
 
El sobre de votación debidamente cerrado y el certificado original autorizando el voto por correo se introducirán (previa estampación por el empleado de Correos del sello de fechas en dicho certificado) en el sobre de mayor tamaño para su remisión, en el que deberá expresar el nombre y apellidos del remitente, así como la circunscripción y el estamento por el que vota.
 
Asimismo, el empleado de Correos estampará el sello de fechas en el anverso del sobre de remisión del voto.
La fecha que conste en la estampación del citado sello de fechas, será la que se tenga en cuenta a los efectos previstos en el Reglamento Electoral de la Federación Española de Padel.
 
El sobre ordinario se remitirá por CORREO POSTAL, PREFERENTEMENTE CERTIFICADO, a la siguiente dirección de apartado de Correos: Oficina de Correos - Sucursal 02 - Apartado 2024 - c/ Luis Vives, 12 -28002 Madrid.
 
La Mesa Electoral Especial para el voto por correo que se prevé en el reglamento efectuará el traslado y custodia del voto emitido por correo, realizará su escrutinio y cómputo, y adoptará las medidas que sean precisas para garantizar la integridad de toda la documentación electoral correspondiente al voto por correo. Los representantes, apoderados o interventores de los candidatos podrán estar presentes e intervenir en todas las actuaciones que ordene realizar la Mesa Electoral Especial en relación con el traslado, custodia, cómputo y escrutinio del voto por correo.



PROCEDIMIENTO PARA EJERCER EL VOTO POR CORREO